Dan lectura a cuatro nuevas iniciativas en Sesión Ordinaria del Congreso del Estado

Culiacán, Sinaloa, 04 de junio de 2026.- El Congreso del Estado de Sinaloa conoció en su Sesión Ordinaria de este jueves cuatro nuevas iniciativas, a las cuales se les dio primera de dos lecturas que obligadamente establece la ley para luego ser enviadas a las Comisiones Permanentes que correspondan.

Las iniciativas leídas son las siguientes:
*Iniciativa de la diputada Juana Minerva Vázquez González, de Morena, que propone reformar el artículo 29 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Municipios, y adicionar un segundo párrafo al artículo 35 de la Ley de los trabajadores al Servicio del Estado, en materia de erradicar las prácticas retributivas desiguales para reducir la brecha salarial de género.

En la modificación del artículo 29, que establece que a trabajo igual se debe pagar salario igual, su redacción quedará ahora de la siguiente manera:
“A trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual. En cumplimiento de las obligaciones del Estado de reducir la brecha salarial de género se promoverán acciones para erradicar las prácticas retributivas desiguales de conformidad con lo dispuesto en la Ley para la Igualdad Entre Mujeres y Hombres del Estado de Sinaloa”.

En el artículo 35 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado la propuesta es similar, por lo que se propone que la redacción quedaría de la siguiente manera:
“En cumplimiento de las obligaciones del Estado de reducir la brecha salarial de género se promoverán acciones para erradicar las prácticas retributivas desiguales de conformidad con lo dispuesto en la Ley para la Igualdad Entre Mujeres y Hombres del Estado de Sinaloa”.

*Iniciativa de la diputada Arely Berenice Ruiz López, de Morena, que propone reformar la fracción XXVIII y adicionar la fracción XXIX, recorriéndose en su orden la subsecuente para quedar fracción XXX al artículo 12 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa, en materia de facultar a los municipios para implementar senderos seguros en zonas de alta incidencia delictiva.

El artículo 12 de esta ley establece las facultades que tienen los municipios, y la propuesta es añadir una más, que es la siguiente:
“Definir y aplicar los lineamientos, políticas y criterios técnicos y operativos para la implementación de senderos seguros en zonas con alta incidencia delictiva, en coordinación con el gobierno estatal y el gobierno federal”.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PVEM, que propone adicionar la fracción VI Bis al artículo 6, el Capítulo III Bis, denominado: ”Del Fondo Estatal de Reforestación” con los artículos 75 Bis y 75 Bis A, el artículo 83 Bis y el artículo 83 Ter, todos de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Sinaloa, en materia de creación del Fondo Estatal de Reforestación.

Del Fondo Estatal de Reforestación que se propone crear, se expone que su objetivo es financiar programas estatales de reforestación, revegetación y restauración de suelos y ecosistemas.

Se precisa que este fondo se integrará con: recursos estatales, donaciones, cobros por servicios ambientales e ingresos derivados; se administrará mediante un Comité mixto público-privado y será regulado por su reglamento específico.

Asimismo, se propone que las autoridades estatales y municipales podrán destinar de acuerdo a su suficiencia presupuestaria aportaciones anuales mínimas, cuando exista convenio de colaboración o se pretenda acceder al Fondo Estatal de Reforestación.

Se propone también que el Consejo Estatal Forestal tenga las siguientes atribuciones:
l. Supervisar el Fondo Estatal de Reforestación;
II. Asegurar inclusión en el Plan Estatal de Desarrollo; y
III. Evaluar los resultados del FER.
De igual manera se propone crear el Comité Técnico del Fondo Estatal de Reforestación, el cual deberá presentar anualmente un informe público sobre los recursos ejercidos, proyectos financiados, superficie reforestada, indicadores de impacto ambiental y social, así como resultados de las auditorías y mecanismos de evaluación externa.

*Iniciativa de la ciudadana Danaé Echavarría Robledo que propone reformar la fracción VI, del artículo 1197 Bis III del Código Familiar del Estado de Sinaloa, en materia de reconocimiento de las personas no binarias en el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para la identificación de género.

El artículo señalado establece los requisitos necesarios para realizar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad género y que las personas interesadas deberán acreditar.

La citada fracción exige a las personas solicitantes “manifestar el nombre sin apellidos y, en su caso, el sexo solicitado”, y la propuesta es agregarle: “ya sea mujer, hombre o persona no binaria”.

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